Baja de impuestos: como tributar IVA mínimo

Los pequeños contribuyentes que se amparen en este beneficio podrán realizar en línea la actualización del impuesto a IVA Mínimo, así como la imputación a este impuesto de los pagos de IRAE e IP que hayan realizado en 2023, cuando corresponda.

Los pequeños contribuyentes que cuentan con el beneficio de volver a tributar IVA Mínimo luego de tributar IRAE por no superar el tope de ingresos, deben realizar dos trámites para hacer uso de esa opción: informarlo a través de la actualización del código de impuesto y realizar un cambio de imputación al IVA Mínimo de los pagos de IRAE e IP que hayan realizado en 2023, cuando corresponda.

El plazo para hacerlo es el 25 de mayo de 2023, y se deberá estar al día con la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto a la Renta de Actividades Económicas (IRAE) y del Impuesto al Patrimonio (IP) correspondientes al ejercicio 2022.

La actualización del código de impuesto IVA Mínimo puede realizarse en línea, debidamente autenticado, a través de Solicitud de Inicio de trámites, seleccionando el trámite “RUT Exclusivo DGI” y el subtrámite “Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI”; se deben adjuntar escaneados los formularios 0351 y 0453, con sus requerimientos. Asimismo, en Montevideo el trámite puede realizarse en forma presencial, a través de agenda previa para Registro Único Tributario – RUT, seleccionando el trámite “Exclusivo DGI”.

Seguidamente, debe realizarse un cambio de imputación a las cuotas mensuales de IVA Mínimo, de los pagos de IRAE e IP que se hayan realizado en el ejercicio 2023, cuando corresponda.

Esto se realiza a través de Servicios en línea, debidamente autenticado, en Pagos/Cambios de imputación – Solicitud. Allí se debe seleccionar cada pago al que se desee imputar el IVA Mínimo.